domingo, enero 03, 2016

91. Votar en blanco

TEMAS: Política, elecciones.

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RESUMEN: 1. Cuando se vota en blanco no se vota a nadie y el sistema lo interpreta así, no lo interpreta como un signo de protesta o como una opción política. No existe ningún escaño en el Congreso que diga «al voto en blanco».
2. Se vota en una provincia concreta, en la de cada uno. No es lo mismo votar en Madrid que en Soria o en Alicante. Porque los escaños se distribuyen en función de la población de cada provincia.
3. La asignación de escaños que establece la ley electoral favorece a los partidos que obtienen más votos en cada provincia.
4. Las elecciones no son un referéndum. Las elecciones se realizan para elegir diputados y lo que importa al final es el resultado: ganar un escaño de diputado en el Congreso, no los votos nacionales que se obtengan.

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Nuestra Constitución de 1978 establece en su artículo 68 que el Congreso de los Diputados estará constituido por un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados, y es la Ley Orgánica Electoral de 1985 la que fija el número de diputados actuales en 350 (artículo 162), determinando que la circunscripción electoral es la provincia y que cada provincia tendrá como mínimo dos diputados que puedan representar, en la mayoría de los casos, a cada uno de los dos partidos mayoritarios.
Además, las ciudades de Ceuta y Melilla tendrán cada una un diputado. Por tanto, ya están asignados un total de 102 diputados de los 350 totales. La Ley electoral también determina que los restantes 248 diputados se asignen a cada una de las provincias en proporción a la población de derecho de cada una respectivamente.
Con estos antecedentes resulta que la provincia de Soria tiene 2 diputados, la de Navarra tiene 5 y la de Madrid tiene 36 diputados, por ejemplo. La representación de cada provincia no es aritmética –a cada diputado por tantos habitantes– sino que es proporcional porque la ley quiere que todos los ciudadanos y todos sus intereses estén representados en el parlamento.
Los escaños correspondiente a cada provincia se adjudican con arreglo a unos criterios también determinados por la ley que sigue el sistema de representación proporcional de la denominada Ley d’Hondt que adjudica escaños a los partidos más votados en función del resultado de dividir el total de votos obtenido por cada partido entre el número de escaños de la provincia y luego elegir los cocientes mayores de cada división. De tal manera, que resultarán elegidos los candidatos de los partidos más votados proporcionalmente.
No se tendrán en cuenta las candidaturas que obtengan menos del 3% de los votos emitidos válidamente, incluidos los votos en blanco, porque se estima que por debajo de esta proporción la representación no es determinante.
Y los votos en blanco, que hemos visto que sirven para computar el total de votos válidos, no sirven para adjudicar escaño. Desde luego, no queda ningún escaño sin adjudicar por lo que los votos en blanco son votos que no sirven para asignar representación en el Congreso.
Las consecuencias de este sistema electoral, que es tan bueno y tan legal como cualquier otro, son las siguientes:
1) Hay que votar. No votar es renunciar a participar en el sistema político. Si no se vota no se puede pretender que algún diputado que piense como nosotros se siente en el Congreso a defender nuestras ideas.
2) Votar en blanco es votar al aire. Cuando se vota en blanco no se vota a nadie y el sistema lo interpreta así, no lo interpreta como un signo de protesta o como una opción política. No existe ningún escaño en el Congreso que diga “al voto en blanco”.
3) Se vota en una provincia concreta, en la de cada uno. No es lo mismo votar en Madrid que en Soria o en Alicante. Porque los escaños se distribuyen en función de la población de cada provincia. Pero además, el número de votantes determina el porcentaje de votos para poder acceder a un escaño. En Madrid se necesitan muchos más votos que en Soria para conseguir un escaño.
Por otra parte, el número de escaños que corresponde a cada provincia determina también el número de partidos políticos que puede conseguir representación y esto también depende del número de habitantes de la provincia. Si una provincia tiene solo dos escaños lo más probable es que obtenga los dos escaños el partido más votado o el primero y el segundo partidos más votados, los demás partidos no obtendrán ninguno porque ya no quedarán escaños para ellos.
Por el contrario, en una provincia con diez escaños es probable que obtengan representación tres o cuatro partidos distintos además de los dos más votados.
4) Los partidos pequeños lo tienen muy difícil. La asignación de escaños que establece la ley electoral favorece a los partidos que obtienen más votos en cada provincia. Esto quiere decir que los beneficiados son, de una parte, los partidos grandes con implantación nacional que obtienen votos en todas las provincias; y de otra parte, los partidos regionales o nacionalistas de implantación local en una provincia o varias concretas.
Por el contrario, con esta ley electoral, resultarán perjudicados los partidos que obtengan pocos votos en cada provincia, aunque obtengan pocos votos en muchas provincias y la suma de todas ellas sea una gran cifra. Y es que la circunscripción provincial significa que las elecciones son «por provincias» y no «por nación» porque los diputados deben obtener los votos en su provincia y no en el resto de España.
5) Las elecciones no son un referéndum. Las elecciones se realizan para elegir diputados y lo que importa al final es el resultado: ganar un escaño de diputado en el Congreso, no los votos nacionales que se obtengan. En las últimas elecciones nacionales de 2015 el partido de «En Comú Podem» ha obtenido 927.940 votos que le han significado 12 escaños en el Congreso. Por el contrario, el partido «IU» ha obtenido 923.133votos que le han supuesto 2 escaños. Como se puede apreciar no es proporcional el número de votos con el número de escaños obtenidos porque en el caso del primero los votos están concentrados, mientras que en el caso de IU los votos está dispersos en muchas provincias.
Con estos antecedentes, se ve lo necesario que resulta pensar antes de votar y votar con la cabeza antes que con el corazón. Parece que el sistema electoral español actual inclina la balanza a favor del bipartidismo, de los nacionalismos y del voto útil. Del bipartidismo porque en la mayoría de los casos resultarán ganadores de las elecciones los partidos que tengan mayor implantación en la mayoría de las provincias y esto significa que deben ser partidos grandes, de implantación nacional y con una gran base de afiliados.
Favorece a los nacionalismos porque el voto concentrado en provincias determinadas provoca que gane las elecciones en esas provincias los partidos nacionalistas o regionalistas.
Y también favorece al voto útil porque, visto lo anterior, votar a los partidos pequeños o a los partidos emergentes resulta muy arriesgado y, en la mayoría de los casos, supondrá desperdiciar el voto.

Sin embargo, en todos los casos parece que no resulta apropiada la abstención ni votar en blanco porque no aprovechan para nada ni tampoco aprovechan a ninguna opción política. ■

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