TEMAS: Política, elecciones.
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RESUMEN: 1. Cuando se vota en blanco no se
vota a nadie y el sistema lo interpreta así, no lo interpreta como un signo de
protesta o como una opción política. No existe ningún escaño en el Congreso que
diga «al voto en blanco».
2. Se vota en una provincia concreta, en la de
cada uno. No es lo mismo votar en Madrid que en Soria o en Alicante. Porque los
escaños se distribuyen en función de la población de cada provincia.
3. La asignación de escaños que establece la
ley electoral favorece a los partidos que obtienen más votos en cada provincia.
4. Las elecciones no son un referéndum. Las
elecciones se realizan para elegir diputados y lo que importa al final es el
resultado: ganar un escaño de diputado en el Congreso, no los votos nacionales
que se obtengan.
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Nuestra Constitución de 1978 establece en su artículo 68 que el
Congreso de los Diputados estará constituido por un mínimo de 300 y un máximo
de 400 diputados, y es la Ley Orgánica Electoral de 1985 la que fija el número
de diputados actuales en 350 (artículo 162), determinando que la
circunscripción electoral es la provincia y que cada provincia tendrá como
mínimo dos diputados que puedan representar, en la mayoría de los casos, a cada
uno de los dos partidos mayoritarios.
Además, las ciudades de Ceuta y Melilla tendrán cada una un
diputado. Por tanto, ya están asignados un total de 102 diputados de los 350
totales. La Ley electoral también determina que los restantes 248 diputados se
asignen a cada una de las provincias en proporción a la población de derecho de
cada una respectivamente.
Con estos antecedentes resulta que la provincia de Soria tiene 2
diputados, la de Navarra tiene 5 y la de Madrid tiene 36 diputados, por ejemplo.
La representación de cada provincia no es aritmética –a cada diputado por
tantos habitantes– sino que es proporcional porque la ley quiere que todos los
ciudadanos y todos sus intereses estén representados en el parlamento.
Los escaños correspondiente a cada provincia se adjudican con
arreglo a unos criterios también determinados por la ley que sigue el sistema
de representación proporcional de la denominada Ley d’Hondt que adjudica
escaños a los partidos más votados en función del resultado de dividir el total
de votos obtenido por cada partido entre el número de escaños de la provincia y
luego elegir los cocientes mayores de cada división. De tal manera, que
resultarán elegidos los candidatos de los partidos más votados
proporcionalmente.
No se tendrán en cuenta las candidaturas que obtengan menos del 3%
de los votos emitidos válidamente, incluidos los votos en blanco, porque se
estima que por debajo de esta proporción la representación no es determinante.
Y los votos en blanco, que hemos visto que sirven para computar el
total de votos válidos, no sirven para adjudicar escaño. Desde luego, no queda
ningún escaño sin adjudicar por lo que los votos en blanco son votos que no
sirven para asignar representación en el Congreso.
Las consecuencias de este sistema electoral, que es tan bueno y
tan legal como cualquier otro, son las siguientes:
1) Hay que votar. No votar es renunciar a
participar en el sistema político. Si no se vota no se puede pretender que
algún diputado que piense como nosotros se siente en el Congreso a defender
nuestras ideas.
2) Votar en blanco es votar al
aire.
Cuando se vota en blanco no se vota a nadie y el sistema lo interpreta así, no
lo interpreta como un signo de protesta o como una opción política. No existe
ningún escaño en el Congreso que diga “al
voto en blanco”.
3) Se vota en una provincia
concreta, en la de cada uno. No es lo mismo votar en Madrid que en Soria o en Alicante.
Porque los escaños se distribuyen en función de la población de cada provincia.
Pero además, el número de votantes determina el porcentaje de votos para poder
acceder a un escaño. En Madrid se necesitan muchos más votos que en Soria para
conseguir un escaño.
Por otra parte, el número de escaños que corresponde a cada
provincia determina también el número de partidos políticos que puede conseguir
representación y esto también depende del número de habitantes de la provincia.
Si una provincia tiene solo dos escaños lo más probable es que obtenga los dos
escaños el partido más votado o el primero y el segundo partidos más votados,
los demás partidos no obtendrán ninguno porque ya no quedarán escaños para
ellos.
Por el contrario, en una provincia con diez escaños es probable
que obtengan representación tres o cuatro partidos distintos además de los dos más
votados.
4) Los partidos pequeños lo tienen
muy difícil. La asignación de escaños que establece la ley electoral favorece
a los partidos que obtienen más votos en cada provincia. Esto quiere decir que
los beneficiados son, de una parte, los partidos grandes con implantación
nacional que obtienen votos en todas las provincias; y de otra parte, los
partidos regionales o nacionalistas de implantación local en una provincia o
varias concretas.
Por el contrario, con esta ley electoral, resultarán perjudicados
los partidos que obtengan pocos votos en cada provincia, aunque obtengan pocos
votos en muchas provincias y la suma de todas ellas sea una gran cifra. Y es
que la circunscripción provincial significa que las elecciones son «por provincias»
y no «por nación» porque los diputados deben obtener los votos en su provincia
y no en el resto de España.
5) Las elecciones no son un
referéndum.
Las elecciones se realizan para elegir diputados y lo que importa al final es
el resultado: ganar un escaño de diputado en el Congreso, no los votos
nacionales que se obtengan. En las últimas elecciones nacionales de 2015 el
partido de «En Comú Podem» ha obtenido 927.940 votos que le han significado 12
escaños en el Congreso. Por el contrario, el partido «IU» ha obtenido 923.133votos
que le han supuesto 2 escaños. Como se puede apreciar no es proporcional el
número de votos con el número de escaños obtenidos porque en el caso del
primero los votos están concentrados, mientras que en el caso de IU los votos
está dispersos en muchas provincias.
Con estos antecedentes, se ve lo necesario que resulta pensar
antes de votar y votar con la cabeza antes que con el corazón. Parece que el
sistema electoral español actual inclina la balanza a favor del bipartidismo,
de los nacionalismos y del voto útil. Del bipartidismo porque en la mayoría de
los casos resultarán ganadores de las elecciones los partidos que tengan mayor
implantación en la mayoría de las provincias y esto significa que deben ser
partidos grandes, de implantación nacional y con una gran base de afiliados.
Favorece a los nacionalismos porque el voto concentrado en provincias
determinadas provoca que gane las elecciones en esas provincias los partidos
nacionalistas o regionalistas.
Y también favorece al voto útil porque, visto lo anterior, votar a
los partidos pequeños o a los partidos emergentes resulta muy arriesgado y, en
la mayoría de los casos, supondrá desperdiciar el voto.
Sin embargo, en todos los casos parece que no resulta apropiada la
abstención ni votar en blanco porque no aprovechan para nada ni tampoco
aprovechan a ninguna opción política. ■
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